sábado, 22 de enero de 2011

A NUEVE MESES DE LA INCAUTACIÒN DE RADIO LA BUENÌSIMA, EL GOBIERNO APRISTA NO DEVUELVE LOS EQUIPOS

Señor: Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

María Irma Pazo Jacinto, peruana de nacimiento, identificada con DNI Nº 02834030, con domicilio en Calle Sucre Nº 704,  Distrito y Provincia de Sechura, Región Piura, ante Usted con el debido respeto me presento y digo:
1.- Que el pasado Jueves 8 de Abril, a las 10.30 de la mañana, 25 policías, acompañados de dos funcionarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ingresaron a los estudios de Radio La Buenísima sito en Calle Sucre Nº 704, Distrito y Provincia de Sechura – Piura y confiscaron su transmisor, así como un CPU con miles de entrevistas y audios propios de la labor de investigación del periodista sechurano Leoncio Rumiche Fiestas, quien labora en dicha radio.
2.- Debo indicar como Propietaria que, Radio La Buenísima, inició su transmisión el 24 de Febrero de 1999 y cuenta con licencia de funcionamiento hasta el año 2012, según la Resolución Viceministerial Nº 367-2002-MTC/15.03 de fecha 21 de Mayo de 2002, firmado por el Viceministro de aquel entonces José Távara Martín. Cuenta con 10 trabajadores, entre periodistas, comunicadores sociales, programadores, locutores y personal administrativo, dos de ellos discapacitados.
3.-Asìmismo, tiene una programación variada que va desde el Programa de Evangelización Católica “Agua Viva” que se transmite desde hace diez años, transmisión de la misa dominical, de los encuentros deportivos, difusión de microprogramas educativos y culturales, hasta programas noticiosos como CNS Noticias que dirige Leoncio Elías Rumiche Fiestas, quien pertenece a la Asociación Nacional de Periodista, con carnet gremial Nº 7912.
4.- Debo indicar también que, hemos cumplido con todos los pagos exigidos como el derecho de autorización –Radiodifusión, por un monto de S/ 3,100.00 nuevos soles; Derecho de Publicación por un monto de S/ 590.00; Canon servicio Radiodifusión, etc., como lo demuestro con las copias de las respectivas facturas.
5.- De igual manera, me encontraba tramitando mi certificado de homologación ante el MTC, aunque, a decir verdad, mi señal radial nunca ha tenido denuncias de interferencia de otras señales en el aire, lo cual es la esencia de tener dicha certificación.
6.- La ley de telecomunicaciones en su articulo 88 inciso 1, indica la clase de infracción que corresponde por no homologar los equipos, la misma que es considerada como infracción grave y  el articulo 91 determina la sanción con una multa y solo en el caso de alteración de las características de los equipos procede la incautación (que no es nuestro caso).
7.- Reitero pues que Radio La Buenísima ha realizado sus tramites ante el MTC, para homologar los equipos que venia utilizando, los mismos que nunca han sido alterados y que por trámites burocráticos existe una demora para la entrega de la autorización de dicha homologación (la homologación tiene como objetivo prevenir daños y las interferencias,  donde Radio La Buenísima no causa ningún daño, ni interferencia). Por lo tanto al existir la falta de homologación de equipos solo se debió sancionar con una multa más no con la incautación de equipos, lo que solo procede para las infracciones muy graves según articulo 90 de la ley y en el articulo 275 del reglamento donde detalla que solo procede medida cautelares de la incautación solo en los casos de infracciones muy graves.
8.-El artículo 88 de la Ley de Telecomunicaciones establece que constituye infracción grave: “La instalación de terminales o equipos que no disponen del correspondiente certificado de homologación”. Asimismo, el artículo 90 del mismo cuerpo de ley establece que: Las infracciones consideradas como muy graves serán sancionadas con multas entre treinta (30) y cincuenta (50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Adicionalmente, en función de la gravedad, la autoridad administrativa puede ordenar el decomiso de los equipos y la revocación temporal o definitiva de la concesión o autorización. En síntesis, el hecho de que los equipos de Radio La Buenísima no tengan aún el certificado de homologación es una falta grave y no muy grave como para que hayan decomisados sus equipos. Es más, según el artículo 91: Las infracciones consideradas como graves, serán sancionadas solo con multas, es decir, un pago pecuniario, pero no con el decomiso, lo cual constituye un exceso y abuso de parte de la autoridad correspondiente.

9.- Pero, el fondo del asunto es que esto no es más que un acto de venganza política y represalia que cae contra una microempresa radial, para que no acepten en sus programaciones a periodistas e informativos que dicen la verdad y denuncian la corrupción en las diferentes entidades estatales. Es bien sabido por la ciudadanía sechurana que el periodista Leoncio Rumiche Fiestas,  quien pertenece a la Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP) y a su vez es Presidente de la Asociación Regional de Corresponsales de Radio Cutivalù (ARCORAC), le ha venido dando toda la cobertura en su informativo CNS Noticias, que se transmite todos los días de 8:00 a 9:30 am por esta emisora, a la lucha emprendida por los comuneros sechuranos para terminar con siete años de corrupción en la Comunidad Campesina San Martín de Sechura, por parte de una dirigencia aprista encabezada por Dante Paiva García, apoyada por el Presidente Regional César Trelles Lara, también de filiación aprista. A través de este informativo se ha denunciado la entrega indiscriminada de miles de hectáreas de terrenos comunales por parte de PROINVERSIÒN  y la ex dirigencia comunal aprista a empresas transnacionales como AMERICAN POTASH, sin el consentimiento de los miles de comuneros que hoy pretenden ser desalojados.

10.- Referente a la diligencia de incautación, los funcionarios del ministerio de transporte y comunicaciones nunca comunicaron a los agraviados qué tipo de infracciones se habría cometido y solo se procedió irregularmente a elaborar el acta de medida cautelar de incautación.  
11.-En la diligencia de incautación, al llenar los formularios,  en las observaciones reconocen implícitamente que al momento de la  diligencia Radio La Buenísima se no encontraba funcionando y es más, la propietaria siempre brindó las facilidades y les permitió el ingreso a la Radio, porque tenia toda la voluntad de colaborar con los funcionarios toda vez que ella contaba con autorización cuya fecha de vencimiento es hasta el 21 de mayo del 2012.
12.- Es así que, al no existir ninguna infracción, buscaron cualquier pretexto para lograr tal vez su objetivo de cerrar Radio La Buenísima, siendo el pretexto la homologación del transmisor y fue en ese momento que en una forma arbitraria arrinconaron a la propietaria en presencia de sus menores hijos para arrebatar los equipos de transmisor y el CPU.
13.-Demàs está recalcar que los peruanos tenemos consagrados constitucionalmente, los derechos a la libertad de expresión, de difusión y de empresa y que el estado debe promover-no recortar-su plena vigencia.
POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO:
SOLICITAMOS A USTED LA INTERVENCIÒN DE SU REPRESENTADA PARA LOGRAR RECUPERAR NUESTROS EQUIPOS, ASI COMO LA SEÑAL DE RADIO LA BUENÌSIMA.
                                                                              Sechura, 09 de Abril del 2010.


                                                                        …………………………………….
                                                                               María Irma Pazo Jacinto
                                                                                  DNI Nº 02834030
                                                                     Propietaria de “Radio La Buenísima”


Adjunto los siguientes documentos:
1.    Copia de Licencia de Funcionamiento hasta el año 2012.
2.    Copias de facturas de pago.
3.    Copia de Acta de Decomiso.
4.    Copia de mi DNI.
5.    Fotos tomadas al momento del decomiso.




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